Mi hermano acababa de morir y al día siguiente era mi cumpleaños (10-2-2022). Sonó el teléfono a primera hora y decidí cogerlo. Era mi procuradora.
Cuando empezamos a hablar no sabía si quería que me dijera cómo había ido el juicio o no… No tenía el cuerpo para malas noticias y en ese caso nos jugábamos mucho.
A mi cliente le habían pedido 4 años de prisión.
4 años le pidió el fiscal del juzgado de Violencia de Género y 4 años corroboró el fiscal de lo Penal de Alicante.
Hay que decir que cuando hablamos de estas penas, a los abogados de la defensa nos presionan mucho para llegar a conformidades.
Los fiscales empiezan a ofrecernos alternativas a la prisión para nuestros cliente como, por ejemplo, declararse culpable aceptando 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
En estos casos, la pregunta a hacerse es la siguiente: ¿debemos aceptar una sentencia condenatoria que nos asegure una pena inferior o debemos HACER JUSTICIA?
En el caso que nos ocupa, después de estudiarlo y debatirlo a fondo con mi cliente, optamos por defender su inocencia hasta el final y esto fue lo que ocurrió:
– En el juzgado de instrucción de Alicante que atendió el asunto de guardia se impuso a mi cliente una orden de alejamiento y comunicación como suele ocurrir pero además una serie de medidas civiles:
Así pues mi cliente quedaba privado del derecho de estar con sus hijos, los cuáles vivirían con su madre en el domicilio familiar que se sufragaría con un dinero que mi cliente le había transferido a ella recientemente (10.000 euros), debiendo abonar además 180 euros por cada uno de los menores, gastos extraordinarios por mitades.
Así pues, tras la denuncia de su mujer, mi cliente fue detenido, enviado a calabozos y privado de su vivienda e hijos por tiempo indefinido.
Esto fue el día 12 de diciembre de 2021.
– Al día siguiente, el asunto pasó al Juzgado de Violencia nº2 de Alicante, cuyo fiscal realizó el siguiente escrito de acusación:
En definitiva, el fiscal le pide 4 años de prisión a mi cliente, sin mayor prueba que la simple declaración de ella. Nosotros negamos los hechos y el asunto se fue al Juzgado de lo Penal de Alicante.
En este juzgado pasó lo siguiente:
- Primeramente, tratamos de llegar a un acuerdo entre las partes por el cuál, nosotros hubiésemos estado dispuestos a aceptar una pena de 5 días de localización permanente, por entenderse cometido un delito leve de injurias pero a ella no le pareció suficiente.
- Fiscalía nos propuso aceptar una pena de 30 días de Trabajos en Beneficio de la Comunidad por un delito de maltrato, a lo que nosotros NOS NEGAMOS EN ROTUNDO.
- Así pues se inició el juicio y se procedió al interrogatorio de mi cliente, la declaración de la víctima, las testificales de la policía que intervino, así como de la hermana y la madre de ella, documental por reproducida.
- Tras practicarse dicha prueba, el fiscal de lo Penal se limitó a mantener las penas y medidas que había propuesto el fiscal del Juzgado de Violencia de Género de Alicante, de manera quasiautomática.
- La acusación particular, por supuesto, se adhirió al escrito de acusación de fiscalía.
- En mi caso, como defensa, realicé un informe basado demostrar las contradicciones y en la incapacidad de la víctima de probar los hechos que denunciaba.
- A esta parte no le parecía creíble que ella denunciara malos tratos habituales y lesiones durante más de 2 años sin poder aportar ningún tipo de prueba que no fuera su testimonio a juicio.
- Los hechos que denunciaba la supuesta víctima eran incompatibles conque no existiera ningún parte de lesiones, ningún audio o mensaje de whatsapp, ningún testigo de la finca, familiar o amigo que pudiera haberse alarmado de alguna discusión importante durante una relación tan larga… Es que ni siquiera, la sicóloga a la que iba a hacer terapia pudo referirnos que ella le hubiese referido algún maltrato durante el tiempo que acudió a su consulta…
- En definitiva, ninguna prueba que no fuera su testimonio a juicio.
- Sin embargo, al Ministerio fiscal le parecía suficiente para solicitar 4 años de prisión a mi cliente y haberle privado de ver a sus hijos durante 4 meses, Navidades inclusive.
- También cabe destacar que fiscalía le había «confiscado» 10.000 euros para pagar el alquiler de la vivienda familiar cuando ella había abandonado el domicilio al día siguiente.
- Finalmente, obtuvimos una SENTENCIA ABSOLUTORIA