Revisado el 11 de octubre de 2026

Por Javier Sanz, abogado, ICALI 8620

La violencia de género no tiene una causa única ni puede explicarse por el alcohol, los celos o una discusión concreta. Es un fenómeno relacionado con desigualdades de género y relaciones de poder, sobre el que pueden actuar factores personales, familiares, sociales y situacionales. Hablar de factores de riesgo no significa justificar la conducta ni predecir con certeza quién ejercerá violencia.

En España, la Ley Orgánica 1/2004 define jurídicamente la violencia de género como una manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, ejercida por quien sea o haya sido cónyuge o pareja afectiva, aun sin convivencia.

Causas estructurales y factores de riesgo no son lo mismo

Las causas estructurales ayudan a entender el contexto social que normaliza el control, la subordinación o la violencia contra las mujeres. Los factores de riesgo son circunstancias asociadas a una mayor probabilidad o gravedad, pero no determinan por sí solas que una persona vaya a agredir. También existen factores de protección, como redes de apoyo, educación igualitaria, acceso a recursos y respuestas institucionales rápidas.

Esta distinción evita dos errores: convertir una explicación social en una excusa individual y atribuir la responsabilidad a la víctima por su situación económica, su forma de relacionarse o el tiempo que tarda en pedir ayuda.

Desigualdad y creencias sobre el control

La idea de que una pareja tiene derecho a decidir sobre la ropa, las amistades, el dinero, el trabajo o la sexualidad de la otra persona puede sostener conductas de control. Cuando estas creencias se combinan con una percepción de pérdida de poder —por ejemplo, durante una separación— el riesgo puede aumentar, aunque ninguna circunstancia haga inevitable la violencia.

El Convenio de Estambul obliga a abordar la violencia contra las mujeres desde la prevención, protección, persecución y políticas coordinadas. Su enfoque reconoce el carácter estructural de esta violencia y la importancia de cambiar patrones socioculturales discriminatorios.

Aprendizaje y normalización de conductas abusivas

Crecer en entornos donde se justifican humillaciones, amenazas o agresiones puede hacer más difícil identificar límites saludables. No todas las personas expuestas reproducen esas conductas y la experiencia infantil nunca elimina la responsabilidad de quien agrede. La educación emocional, la resolución no violenta de conflictos y modelos de relación igualitarios funcionan como elementos preventivos.

Aislamiento y dependencia

El aislamiento de amistades, familiares o compañeros de trabajo reduce el apoyo disponible y facilita el control. La dependencia económica, administrativa, residencial o de cuidados puede dificultar la salida, pero no causa la violencia. Son condiciones que pueden aumentar la vulnerabilidad y que deben abordarse mediante recursos jurídicos, sociales y económicos.

Controlar cuentas, impedir trabajar, endeudar a la pareja o exigir explicaciones de cada gasto pueden formar parte de la violencia económica o psicológica. Su valoración legal depende de los hechos concretos y del posible encaje penal o civil.

Separación, celos y escalada del control

Una ruptura puede ser un momento de especial riesgo cuando ya existen amenazas, vigilancia, acoso o una fuerte necesidad de control. Los celos no son una prueba de amor ni una causa que exculpe; son una emoción que cada persona debe gestionar sin coaccionar a otra. Amenazar con dañar, seguir, acceder a dispositivos o presentarse repetidamente puede requerir una respuesta de seguridad.

Si la tensión aumenta, conviene evitar encuentros a solas, informar a una persona de confianza y pedir orientación. La guía sobre el ciclo de la violencia y sus señales ayuda a identificar patrones repetidos sin convertirlos en un diagnóstico automático.

Alcohol, drogas y problemas de salud mental

El consumo de alcohol o drogas puede desinhibir, agravar o hacer menos previsible una situación, pero no explica por sí solo la violencia ni desplaza la responsabilidad. Muchas personas consumen sin agredir y muchas agresiones se producen sin consumo. De igual modo, tener un problema de salud mental no equivale a ser violento.

Cuando existe una adicción o un trastorno, su atención clínica puede ser necesaria, pero no sustituye las medidas de seguridad ni la respuesta jurídica ante conductas delictivas.

Factores digitales y disponibilidad permanente

La tecnología puede ampliar el control mediante ubicación, contraseñas, acceso a cuentas, dispositivos compartidos, mensajes constantes o difusión de contenido íntimo. La clave no es la herramienta, sino su uso para vigilar, intimidar o aislar. Revisar permisos, cambiar credenciales desde un dispositivo seguro y conservar las pruebas sin responder puede reducir el riesgo.

Cómo utilizar esta información

Los factores de riesgo sirven para prevenir y decidir apoyos, no para culpar ni etiquetar. Si detectas control, amenazas o miedo, puedes consultar los mitos que dificultan reconocer la violencia y la guía para acompañar a una persona cercana.

Ante peligro inmediato llama al 112. Para información, asesoramiento jurídico y atención psicosocial está disponible el 016, también por WhatsApp en el 600 000 016, chat y correo electrónico.

Orientación para valorar una situación

Si necesitas conocer qué opciones legales existen y qué medidas pueden reducir el riesgo, consulta la información para víctimas de violencia de género o contacta con el despacho. En una emergencia, llama primero al 112.

Esta información es general y no sustituye el asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.